La diferencia entre crédito fiscal y débito fiscal según la ley 843
Débito fiscal
Para el cálculo del débito fiscal se toma en cuenta la alícuota establecida del 13% en el IVA, se aplicará a los totales de los precios netos de las ventas, los contratos de obras y la prestación de servicios, atribuibles al ejercicio fiscal que se liquide.
Así también la alícuota de débito fiscal se establece a aquellos descuentos, devoluciones, rescisiones, bonificaciones y rebajas efectuadas durante el periodo fiscal que se liquide.
Crédito fiscal
Al igual que el débito fiscal la alícuota determinada del IVA del 13% en el crédito fiscal será aplicado a los gravámenes facturados en compras o adquisiciones, contratos de servicios, importaciones definitivas de bienes o cualquier otro insumo que vincule con la actividad de la empresa.
La alícuota correspondiente al crédito fiscal de igual forma es aplicado a los descuentos, devoluciones, rescisiones, bonificaciones y rebajas con respeto al valor neto de la venta y efectuada durante el periodo fiscal que se liquide.
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La diferencia entre crédito fiscal y débito fiscal
Cuando la diferencia determinada resulta a favor del fisco, el importe ingresara según la forma y plazo que establezca la reglamentación. Pero por otro lado, si la diferencia arroja un resultado a favor del contribuyente, con actualización de valor, se podrá compensar el IVA a favor del fisco en los posteriores periodos de fiscalización.