Reseña histórica de los impuestos a las utilidades de las empresas
Cuando entro en vigencia la ley 843 en fecha 20 de mayo de 1986, comenzó
también en vigencia un impuesto a la renta presunta de las empresas (IRPE), su
vigencia de este impuesto fue hasta el año 1994. El impuesto IRPE estaba
centrado en el patrimonio neto de las empresas y se la determinaba en función
de un activo computable menos un pasivo computable, que se originaba de los
estados financieros tomando en cuenta algunos ajustes contemplados en la norma
impositiva. Sobre ese patrimonio neto se gravaba una alícuota del 3%.
Posteriormente, en el año 1995 se decide sustituir al IRPE por el IUE
(Impuesto a las Utilidades de las Empresas) y entra en vigencia el mismo año,
según la ley 1606 de fecha 22 de diciembre de 1994 y con su Decreto Supremo N°
24051 de 29 de junio de 1995.
¿Qué es el impuesto a las utilidades de las empresas?
El impuesto a las utilidades de las empresas – IUE es un impuesto a la renta
que tiene cuyo objetivo de grabar las utilidades, beneficios o ganancias de
toda actividad económica. Es un impuesto acreditable que forma parte de los
convenios de evitar una doble tributación internacional.
Hoy en día, el impuestos a las utilidades de las empresas IUE es un impuesto
importante del sistema tributario por el nivel de recaudación que tiene,
además, es un impuesto directo que recae contra el contribuyente y solamente
están exentos a este impuesto aquellas empresas sin fines de lucro.
¿Quiénes son los sujetos a pagar el impuesto a las utilidades de las empresas?
Son obligados a cumplir con el pago de este impuesto aquellos sujetos:
- Quienes llevan registros de contabilidad en sus negocios.
- También los que no llevan una contabilidad, en el caso de sociedades civiles, fundaciones o asociaciones lucrativas que tienen proyectos de beneficio.
- Los profesionales independientes en sus oficios libres.
¿Qué alícuota grava el impuesto a las utilidades de las empresas?
En su aplicación el IUE grava una alícuota del 25% sobre la utilidad neta
imponible y también existe una alícuota adicional gravada para los sectores de
la Banca y Minería de un 12.5 %.
El periodo de liquidez del IUE
El presente impuesto a las utilidades de las empresas se declara una vez al
año después de cada cierre de gestión, según la actividad del negocio:
- En el caso de empresas comerciales, de servicios, bancarias, de seguros y otras, cierran su gestión el 31 DE DICIEMBRE.
- Las empresas industriales, petroleras y constructoras cierran su gestión el 31 DE MARZO.
- Las empresas agrícolas, agroindustriales, ganaderas, castañeras y gomeras cierran su gestión el 30 DE JUNIO.
- Finalmente las empresas mineras cierran el 30 DE SEPTIEMBRE.
De esa manera, al concluir con la gestión de cierre de cada empresa en
particular, se dan 120 días para su liquidez o pago del impuesto.
¿En qué formulario se paga el IUE?
El IUE de manera práctica, no general, porque algunos contribuyentes no son alcanzados a pagar este impuesto, pero, por diferentes circunstancias o distintos campos de acciones laborales se debe pagar el IUE de forma anual en su correspondiente formulario.- Para las empresas que llevan registros de contabilidad están obligadas a pagar el IUE en el formulario 500.
- Aquellos profesionales independientes u de oficio que no llevan una contabilidad pagan el IUE con el formulario 510.
- Las ONGs presentan su declaración de pago de IUE en el formulario 520.
- Los autotransportes tampoco llevan una contabilidad, pero están destinados a pagar un monto fijo de IUE con el formulario 501.
- Los pequeños mineros pagan su IUE en el formulario 590.
- En caso de retenciones por una compra de bien o servicio el IUE también debe ser pagado en el formulario 570.
Normativa que sustenta al IUE
Para poder analizar en términos contables al impuesto sobre las utilidades de
las empresas, debemos recurrir a un conocimiento referente a su normativa
legal y vigente. Por consiguiente, las que lo sustentan son:
- El título III de la ley 843 (Art 36 al 51).
- El Decreto Supremo reglamentario del IUE N° 24051 (contiene 50 artículos).
- El Decreto Supremo N° 29387 del 19 de diciembre de 2007.
- La Resolución Normativa de Directorio N° 10.0002.08 del 4 de enero de 2008.
- Todas las resoluciones emitidas por la entidad reguladora (Servicios de Impuestos en nuestro País), que estén vinculadas con el impuesto a las utilidades de las empresas.
Las normativas legales del impuesto sobre las utilidades de las empresas nos
enseña a los ciudadanos de cada País en especifico (ya sea, Bolivia, México,
Chile, Perú, Colombia u cualquier otro estado en el que habita), que debemos
contribuir al apoyo del gobierno, con conciencia tributaria en la proporción
de las respectivas obligaciones.
Determinación del impuesto a las utilidades de las empresas
Para determinar el IUE nos enfocamos en el Estado de Resultados de la empresa.
Sin embargo, dentro de ese estado debemos percibir utilidad únicamente de
fuente propia, es decir, los “INGRESOS” deben ser generados económicamente en
nuestro país, de esa manera conseguimos ingresos grabados y no grabados. En el
sector de “GASTOS OPERATIVOS” percibimos aquellos gastos deducibles o no
deducibles para efectos de la determinación del IUE. No obstante, para que sea
gasto deducible tiene que cumplir ciertas condiciones como:
- Estar relacionado netamente con la actividad de la empresa.
- El gasto tiene que estar respaldado con un documento legal.
De esa manera, el IUE determinado llega a ser un gasto no deducible para
efectos de la empresa.