SOCIEDAD COLECTIVA CARACTERÍSTICAS
Una sociedad colectiva es un tipo de empresa comercial que tiene ciertas características especiales que le diferencia ante las demás organizaciones societarias. En este artículo te mencionaremos cada característica que se puede encontrar sobre esta compañía, pero primeramente hagamos una definición a que es una sociedad colectiva.
Una sociedad colectiva es una organización mercantil de carácter personalista que cuenta con socios colectivos que se comprometen a tener una responsabilidad ilimitada, subsidiaria y solidaria a cualquier suceso de obligación social que podría tener la empresa a lo largo de su funcionamiento.
Este tipo de sociedad generalmente es constituida por pocas personas ya que no necesariamente se requiere de una buena inversión. Así que es ideal para familiares o amigos que se tienen una confianza reciproca.
Características de la sociedad colectiva
En conformidad a las normativas vigentes y el código de comercio se puede establecer ciertas características de la sociedad colectiva. Entre las más relevantes tenemos:
- Es una sociedad de carácter personalista que tiene un fin lucrativo.
- Es una empresa que no tiene dificultad para su constitución.
- Su registro mercantil puede ser bajo una denominación o razón social.
- La sociedad no tiene estatutos establecidos.
- Los socios tienen una participación igualitaria en la empresa.
- Para su constitución se necesita la participación de 2 o más socios.
- No cuenta con un organigrama debido a la responsabilidad de igual cargo que asumen los socios.
- Las responsabilidades responden de forma solidaria e ilimitada para todos los socios colectivos.
- Para conocer los actos administrativos y cualquier otro documento financiero, no es necesaria la convocatoria de una asamblea de socios ya que en cualquier momento se puede conocer de dicha información.
- No existe un monto límite en el capital para que se constituya la sociedad.
- La estructura del capital está representada en una sola cantidad y no está dividido en cuotas iguales.
- Debido a su responsabilidad ilimitada de los socios no se obliga a la empresa a efectuar una reserva legal.
- Se dice que es una sociedad de personas porque es su organización o constitución prevalece el aspecto personal como ser amistad, familiaridad, confianza, etc.
Al tener estas características básicas muchos emprendedores no deciden en apostar por este tipo de sociedad, pero otros encuentran una buena opción para empezar el proyecto empresarial de su vida.
Se puede identificar como una característica principal de la sociedad colectiva la responsabilidad de todos los socios, respondiendo las obligaciones en forma solidaria e ilimitada. Esto significa que los socios cubrirán deudas frente a terceros, convirtiéndose en garantes solidarios y personas comprometidas a pagar la obligación en su totalidad.
En esta situación hay mancomunidad solidara cuando varios deudores están obligados todos a la misma prestación, de modo que cada uno puede ser constreñido al cumplimiento de ella por entero, y el cumplimiento que haga cualquiera de ellos libera a los demás. También se puede pactar que la responsabilidad sea subsidiaria, esto quiere decir, que no se afecten los bienes privados de los socios mientras existan bienes de la sociedad.
Paralelamente a lo mencionado, se puede indicar que un socio colectivo cuando aporta a la empresa con bienes económicos se le considera un “Socio Capitalista”, y cuando el socio aporta únicamente con su servicio laboral se le considera un “Socio Industrial”. Sin embargo, estas consideraciones que se hacen no causan efectos en la responsabilidad que asumirán dentro de la compañía, ya que todos por igual están obligados a tener un compromiso de responsabilidad ilimitada y solidaria.
Al ser una sociedad colectiva donde fluye una confianza estrecha por parte de los socios, no es necesario convocar a una junta general o asambleas de socios. El código de comercio indica que por la responsabilidad subsidiaria e ilimitada que se supervisan, todo acto de administración y desarrollo de contabilidad, libros y documentos de la sociedad puede ser de conocimiento en cualquier momento.
Administración de la sociedad colectiva
Dentro del contrato que se presenta al registro mercantil se hace hincapié al régimen de administración que llevara la sociedad colectiva. La misma indica que podrá ser administrada por cualquiera de los socios, sin embargo, se hará mención de cuales serán aquellos encargados y por cuánto tiempo se les asignara dicho cargo.
La administración de cierta función dentro de la sociedad colectiva no le pone al socio con la responsabilidad de dicha actividad, sino que las atribuciones y facultades podrá ejercitarse de manera conjunta o separada con los demás socios, esto quiere decir, que todos los socios de forma colectiva deberán entender y aportar los actos de administración. Pero, para tener un representante legal es importante poner al mando a uno o varios administradores.
Admisión y retiro de socios
Una sociedad colectiva y sus características ya mencionadas indican que no tienen estatutos establecidos, por lo que le hace difícil modificar el escrito y admitir nuevos socios colectivos. Sin embargo, al presentarse esta situación lo que hacen para recibir un nuevo participante dentro de la organización es anular el contrato de constitución y crear una nueva sociedad, sustituyendo nuevas clausulas dentro del contrato.
Para el caso de un retiro del socio, de igual forma como ya se menciono en las características de la sociedad colectiva que la cantidad del capital social es representada por una sola, entonces, esta composición dificulta un poco su libre transferencia y requiere de una decisión unánime por parte de los socios. Por lo general, el mejor camino es liquidar su patrimonio en conformidad e interés de la sociedad.
El retiro de un socio puede surtir efecto a los demás socios, lo que posibilite a una nueva escritura del registro de comercio.